
AGENCIA MANACORNOTICIAS 28/01/2023 - 06:32:00 | ![]() ![]() |

![]() | Todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 8h a las 14.30h) los días laborables (de lunes a viernes) en las dependencias municipales de urbanismo |
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR. Modificación puntual número 32 relativa a la creación de un sistema viario para generar el vial cívico hasta la vía verde. El Pleno del Ayuntamiento en la sesión de día 19 de enero de 2023, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente la modificación de las Normas Subsidiarias núm. 32 redactada por el Arquitecto Municipal Sr. Agustí Buades Mayol consistente en la creación de un sistema viario para generar vial cívico en la carretera local de sa Torrenova en su conexión con rotonda de la carretera MA-4023 (parcela 84 del polígono 1 y parcelas 437, 438 , 439 y 642 del polígono 2); la modificación permite incrementar la anchura de la carretera local de sa Torrenova en el tramo comprendido entre la vía verde (antiguo trazado del tren de Palma a Artà) y la rotonda con la MA-4023 a fin de que haya un espacio para carril para bicicletas y peatones. También aprobar inicialmente la evaluación ambiental estratégica simplificada redactada por la geógrafa Irene Moya Pais.
Segundo. Someter esta aprobación al trámite de información pública por un plazo de 45 días, trámite que, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 12/2017 de Urbanismo, consistirá en la inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión de las Illes Balears y en la sede electrónica del Ayuntamiento, en esta sede electrónica además del anuncio se insertará la documentación completa.
Todas las personas que se muestren interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 8h a las 14.30h) los días laborables (de lunes a viernes) en las dependencias municipales de urbanismo situadas en la Plaza del Ayuntamiento s/n, así como también, hacer uso de su derecho a presentar las alegaciones que estimen adecuadas.
Tercero. Solicitar a la Comisión Balear de Medio Ambiente el inicio de evaluación ambiental estratégica simplificada de esta modificación de Normas Subsidiarias o su no sujeción a evaluación ambiental estratégica por no tener efectos significativos en el medio ambiente, y remitir la documentación para que proceda a la realización de los trámites ambientales correspondientes.
Cuarto. Solicitar a la Comisión Insular de Urbanismo del Consejo Insular de Mallorca el informe en relación con esta modificación previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017 de Urbanismo. Quinto. Notificar el acuerdo de aprobación inicial individualmente a los cinco propietarios que se verían afectados por la adquisición o expropiación de terrenos que implica esta modificación de las Normas Subsidiarias a fin de que puedan formular alegaciones en el plazo de 45 días.


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