
AGENCIA MANACORNOTICIAS 18/10/2025 - 09:31:24 | ![]() ![]() |

![]() | Tras el tratamiento primario, las aguas residuales se derivan a las dos líneas de tratamiento biológico por fangos activos en aeración prolongada. Posteriormente, el agua se conduce a los decantadores secundarios |
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD. Resolución de la Directora General de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación y mejora de tratamiento de la EDAR de Portocolom , TM Felanitx (exp.165A-2024). Visto el informe técnico con propuesta de resolución de día 31 de marzo de 2025, y de acuerdo con el apartado 1 del artículo único del Decreto 5/2024, de 29 de mayo, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
RESUELVO FORMULAR: La declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de ampliación y mejora de tratamiento de la EDAR de Portocolom (TM Felanitx), en los siguientes términos: De acuerdo con el punto 1 del artículo 13 del Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, deben ser objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria, entre otros, « Los proyectos en los que así lo exija la normativa básica estatal sobre evaluación ambiental» y « Los proyectos que figuren en el anexo 1 de esta ley». Entre los proyectos incluidos en el anexo 1, el proyecto objeto del presente informe se incluye en el punto 2 del grupo 8 (Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua): Plantas de tratamiento de aguas residuales con capacidad superior a 5.000 habitantes equivalentes. Por tanto, el proyecto debe tramitarse como una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria y seguir el procedimiento establecido en la sección 1ª del Capítulo II de evaluación de impacto ambiental de proyectos del Título II de evaluación ambiental de la Ley 21/2013. Se deben cumplir también las prescripciones de los artículos 21 y 22 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears que le sean de aplicación.
Información del proyecto: objeto, ubicación y descripción. Descripción del proyecto. El proyecto de ampliación y mejora del tratamiento en la EDAR de Portocolom, de fecha mayo de 2024, y redactado por los técnicos de la consultora Vielca Ingenieros Noelia Giner Galera (ingeniera de caminos, canales y puertos), Pablo Blanco Gómez (ingeniero de caminos, canales y puertos), Luis Fernández Martínez (ingeniero de caminos, canales y puertos) y Claudio Machancoses Folch (ingeniero técnico de obras públicas) tiene por objeto la ampliación y mejora del tratamiento de las aguas residuales de la EDAR de Portocolom para alcanzar un caudal de 3.000 m3/día, la renovación de la conducción y las instalaciones de bombeo de Cala Marçal en la EBAR para bombear un caudal máximo de 375 m3 /h y la incorporación de un sistema de reducción de nitrógeno y fósforo.
La depuradora existente, con una antigüedad superior a los 30 años, consta, entre otros elementos, de un tratamiento primario con tamices rotativos y un canal desarenador fuera de servicio. Tras el tratamiento primario, las aguas residuales se derivan a las dos líneas de tratamiento biológico por fangos activos en aeración prolongada. Posteriormente, el agua se conduce a los decantadores secundarios. Desde los decantadores, el agua tratada se dirige a la arqueta de salida y cloración, desde la que se deriva el agua hacia el tratamiento terciario externo para la reutilización del agua para el riego de un campo de golf o hacia el emisario para su vertido en el mar. La EDAR tiene también una línea de tratamiento de fangos.
La principal problemática de la EDAR actual es la siguiente: Es necesario aumentar la capacidad de tratamiento teniendo en cuenta el incremento de caudales y cargas contaminantes debido al crecimiento previsto de la población. Con el fin de dar cumplimiento a los condicionantes de vertido, debe mejorarse del tratamiento actual incorporando los condicionantes de reducción de nutrientes y mejorando el sistema de aeración y control existente. Se deben incorporar actuaciones adicionales para hacer frente a los episodios de lluvia. Algunos equipos e instalaciones se encuentran fuera de servicio, deteriorados o inservibles. Deterioro de la obra civil y edificaciones. No se dispone de sistema de extracción de aire y eliminación de olores.
De acuerdo con los datos del informe de saneamiento y depuración de ABAQUA de 2022, la EDAR de Portocolom trató un caudal de 295.988 m3 durante el año 2019. El actual emisario de la EDAR está constituido por una conducción de aproximadamente 2.422 m con un tramo terrestre de PVC de 400 mm de diámetro y 890 m de longitud y de un tramo submarino de fibrocemento, de 250 mm de diámetro, y 1532 m de longitud. Los primeros 1332 m del tramo submarino discurren soterrados mientras que el último tramo, de 200 m, discurre sobre el lecho marino. De acuerdo con el Servicio de Vertidos, el punto de vertido se encuentra en las coordenadas UTM X: 523.633,54 Y: 4.361.695,19. Por otro lado, existe un proyecto de adecuación y legalización del emisario y vertido al mar de la depuradora de Portocolom. El Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears en sesión de 18 de noviembre de 2011 (BOIB núm. 15 EXT de fecha 1 de febrero de 2012) acordó informar favorablemente este proyecto, el cual preveía la instalación de un nuevo tramo marítimo en el emisario, de polietileno de alta densidad (PEAD) con una longitud de 1218,90 m y con un tramo difusor de 50 m con su punto final en las coordenadas UTM ETRS89 X:523344.14 Y:4361950.77, a unos 700 m de la costa. En fecha de octubre de 2020 el ingeniero de caminos, canales y puertos Roger Torregrosa Llorens elaboró un proyecto refundido de adecuación y legalización del emisario submarino de Portocolom.
Las actuaciones de mejora y ampliación de la EDAR de Portocolom se llevarán a cabo en el interior de la parcela de la depuradora existente, que se ubica en el Camino de Cala Marçal, en la parcela 704 del polígono 31 del TM de Felanitx (referencia catastral 07022A031007040000WE.) Las obras de remodelación de la EBAR se localizan en la parcela 1207 del polígono 31 del TM de Felanitx (07022A031012070000WG) y, en concreto, en la zona de la parcela donde actualmente se encuentran las instalaciones de bombeo en servicio. Por otra parte, la nueva conducción prevista desde la EBAR de Cala Marçal hasta la EDAR de Portocolom se instalará enterrada en zanja paralela a la actual conducción de fibrocemento. La conducción discurre en todo su trazado por viales públicos. El tramo inicial ocupa la parcela de la EBAR y el resto del trazado discurre a través del Camino de Cala Marçal (parcela 9012 del polígono 31). y siguen los datos y explicaciones en el BOIB de hoy sábado día 18 de octubre de 2025.


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