La sentencia del Supremo viene precisamente a corregir ese exceso
Sentencia Registro Único: Desde la Federación de Estancias Turísticas de Baleares consideramos que esta resolución judicial no debe interpretarse como una desregulación del sector ni como una “barra libre”
El Alto Tribunal ha entendido que la obligación impuesta por el Estado de obtener un número estatal adicional para poder operar o publicitar viviendas turísticas suponía una invasión
AGENCIA MANACORNOTICIAS 22/05/2026 - 17:48:00
Baleares probablemente sea una de las comunidades autónomas con regulación más intensa y exigente en materia de alquiler turístico. Aquí existen limitaciones territoriales

DESDE LA PRESIDENCIA DE LA FEDERACIÓN DE ESTANCIAS TURÍSTICAS DE BALEARES. La reciente sentencia del Tribunal Supremo que anula parcialmente el denominado Registro Único estatal de arrendamientos de corta duración constituye, ante todo, un recordatorio esencial: en un Estado autonómico, las competencias deben ejercerse con pleno respeto al marco constitucional y estatutario.

El Alto Tribunal ha entendido que la obligación impuesta por el Estado de obtener un número estatal adicional para poder operar o publicitar viviendas turísticas suponía una invasión competencial sobre materias atribuidas a las comunidades autónomas, muchas de las cuales —como es el caso de Baleares— ya disponen desde hace años de sistemas propios de autorización, control e inspección.

Federación de Estancias Turísticas de Baleares consideramos que esta resolución judicial no debe interpretarse como una desregulación del sector ni como una “barra libre” para la actividad ilegal.

Desde la Federación de Estancias Turísticas de Baleares consideramos que esta resolución judicial no debe interpretarse como una desregulación del sector ni como una “barra libre” para la actividad ilegal. Sería un error profundo plantear el debate en esos términos. La cuestión jurídica de fondo no era si debía existir control administrativo, sino quién tiene competencia para establecerlo y de qué manera puede hacerse sin duplicidades burocráticas, inseguridad jurídica ni cargas innecesarias para quienes ya cumplen estrictamente la normativa autonómica.

Baleares probablemente sea una de las comunidades autónomas con regulación más intensa y exigente en materia de alquiler turístico. Aquí existen limitaciones territoriales, requisitos urbanísticos, controles insulares, zonificaciones, exigencias medioambientales y un sistema de autorizaciones administrativas mucho más severo que en otros territorios del Estado. Pretender superponer un segundo registro estatal obligatorio sobre estructuras ya existentes generaba, en la práctica, un escenario de doble intervención administrativa difícilmente justificable.

La sentencia del Supremo viene precisamente a corregir ese exceso regulatorio. Ahora bien, también conviene hacer una reflexión serena y responsable. El fenómeno del alquiler turístico requiere ordenación, control e inspección. Nadie sensato puede negar que existen problemas derivados de la oferta ilegal, de la competencia desleal o de determinadas tensiones territoriales y residenciales. Pero esos problemas no se solucionan mediante anuncios políticos ni mediante registros duplicados creados al margen del reparto competencial. Se solucionan con coordinación institucional, seguridad jurídica, inspección efectiva y una regulación proporcionada.

En demasiadas ocasiones se ha intentado trasladar a la opinión pública una imagen simplista del sector, identificando indiscriminadamente vivienda turística con especulación, saturación o incumplimiento. Esa visión no responde a la realidad completa. Miles de familias, pequeños propietarios y empresas desarrollan esta actividad de forma plenamente legal, contribuyendo decisivamente a la economía balear, al mantenimiento de empleo indirecto y a la diversificación de la oferta turística.

Por ello, esta sentencia debería servir también para abrir una nueva etapa basada menos en la confrontación ideológica y más en el rigor jurídico y técnico. Las políticas públicas sobre vivienda y turismo exigen equilibrio, no improvisación normativa. Exigen distinguir entre actividad legal e ilegal. Y exigen respetar tanto el derecho a la vivienda como la libertad de empresa dentro del marco regulatorio establecido.

El Tribunal Supremo no ha eliminado el control sobre las viviendas turísticas. Lo que ha hecho es recordar que dicho control debe ejercerse respetando las competencias autonómicas y evitando duplicidades administrativas carentes de cobertura suficiente. Desde la Federación de Estancias Turísticas de Baleares seguiremos defendiendo una regulación seria, proporcionada y jurídicamente sólida. Combatir la oferta ilegal sí; generar más burocracia sobre quienes ya cumplen la ley, no. Porque la seguridad jurídica no es un privilegio sectorial. Es una garantía básica de cualquier Estado de Derecho. Jordi Cerdó Cladera. Presidente de la Federación de Estancias Turísticas de Baleares (FETV).

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